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Cómo Ayudar

  Aporte con sus ideas o proyectos:


Si usted es líder de una comunidad, asociación, fundación o empresa  que busca implementar programas de liderazgo o de recuperación de valores humanos, sociales, ambientales o culturales comuníquese con nosotros y estaremos dispuestos a buscar formas de brindar nuestro apoyo a su idea o necesidad específica.

 
 Aporte Tiempo:


Si usted desea donar tiempo como voluntario de la Fundación, háganos llegar su perfil para conocer en qué área desea trabajar. Adicionalmente usted recibirá la capacitación necesaria para hacerlo y podrá formar parte del grupo de líderes que trabajamos por una sociedad mejor.

 
 

Aporte donaciones en efectivo:

Los recursos que usted o su empresa otorguen a Fusidaris serán manejados de forma transparente y sometidos a procesos de rendición de cuentas para que usted conozca los resultados e impacto social que se están generando gracias a su aporte.

  • Banco: Bancolombia
    Cuenta de Ahorros Nº: 002 209902 06
    A nombre de: Fundación Latinoamericana siete Destellos del Arco Iris


Enviando una copia de su recibo de consignación al Fax (4) 4119999, o a través de un correo electronico a Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla ,  con usted sera acreedor a un Certificado de Donación que le permitirá a usted o su empresa deducir de la renta el valor de las donaciones efectuadas, cumpliendo con los requisitos del artículo 125 del estatuto tributario colombiano.

 
 Aporte Donaciones en especie


Muchas veces existen necesidades de recursos en especie para realizar el trabajo social, si usted cuenta con estos recursos puede aportarlos bien sea con una donación o con el préstamo temporal de uno de estos recursos en el caso de que se trate de espacios físicos o equipos. Contáctenos y háganos saber su disposición para ello.   


Cuando se donen otros activos, el monto certificado por la donación se estimará por el costo de adquisición más los ajustes por inflación efectuados hasta la fecha de la donación, menos las depreciaciones acumuladas hasta esa misma fecha. (Art. 125-2 Estatuto tributario colombiano)

 

 

 

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